El proyecto de Ley de Reconstrucción y Desarrollo Económico y Social, promulgado la semana pasada, transforma el panorama tributario en Chile, combinando reformas estructurales y ventanas de oportunidad de tiempo limitado.
Presentamos a continuación un resumen de sus beneficios.
Empresas
- Reducción del Impuesto de Primera Categoría (IDPC): La tasa del régimen general disminuye progresivamente del 27% actual al 23% para 2029 (2027: 25,5%; 2028: 24%; 2029: 23%).
- En el régimen PYME se mantiene la tasa reducida del 12,5% (2025-2027), sube a 15% en 2028 y converge al 23% en 2029.
- Reintegración total del sistema: Se elimina progresivamente el castigo de la restitución del 35% del crédito por IDPC al distribuir utilidades. La restitución baja a 30% en 2027, 20% en 2028 y llega a 0% desde 2029, permitiendo usar el 100% del impuesto corporativo como crédito.
Inversiones
- Cero impuesto a ganancias bursátiles: Desde el 1 de enero de 2027 se elimina el Impuesto Único del 10% (Art. 107 LIR) en la venta de acciones y cuotas de fondos con presencia bursátil, volviendo a ser Ingreso No Renta (0%).
- Declaración de bienes en el exterior: Ventana de 12 meses para declarar activos transfronterizos no gravados. Tasa del 10% sin repatriar o tasa reducida del 7% si se repatrian los fondos a Chile y se mantienen invertidos por al menos 5 años (con plazo de 3 años para concretar la repatriación).
Sector Inmobiliario
- Venta de viviendas nuevas sin IVA: Exención total de IVA por 12 meses para la primera venta de viviendas nuevas con recepción definitiva municipal (incluye bodegas y estacionamientos vendidos en conjunto).
- Arrendamiento DFL 2: Régimen especial con impuesto único del 5% sobre ingresos brutos de arriendo (desde la tercera vivienda para personas naturales o para empresas con giro exclusivo), aplicable a inmuebles de hasta 90 m² con permanencia mínima de 5 años.
- Exención de contribuciones para adultos mayores (+65 años): Exención del 100% del Impuesto Territorial para la vivienda principal de propietarios mayores de 65 años (extensible por 3 años a la sucesión tras su fallecimiento).
Planificación Patrimonial
- 50% de rebaja en Impuesto a las Donaciones: Vigente por 12 meses. Elimina el trámite judicial de insinuación (requiere escritura pública), aplica a legitimarios y cónyuge hasta el 50% del patrimonio neto del donante y permite financiamiento mediante préstamos de sociedades relacionadas.
- Impuesto sustitutivo sobre FUT / STUT / FUR: Tasa única preferencial del 10% durante 8 meses para regularizar saldos acumulados pre-2017 y retiros en exceso.
Regularización de Deudas
- Condonaciones con Tesorería (TGR): Durante 180 días, deudas al 31.12.2025 pagan con condonación de hasta 100% de intereses y 80% de multas al contado; o hasta 95% de intereses y 75% de multas en convenios de hasta 48 cuotas (pie del 10%).
- Deudas Municipales: Condonación del 100% de intereses y multas en permisos de circulación, patentes y derechos de aseo adeudados en los últimos 3 años pre-2026 (plazo de solicitud: 12 meses).



