La Unidad de Análisis Financiero (UAF) de Chile ha reforzado sus mecanismos de control para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo (LA/FT), estableciendo nuevas obligaciones para personas naturales y jurídicas del sector privado. Según el artículo 3, inciso primero, de la Ley N°19.913, diversas entidades están ahora explícitamente obligadas a reportar a la UAF cualquier operación sospechosa que detecten durante el ejercicio de sus actividades.
Para cumplir con esta disposición, y en concordancia con el artículo 40 de la Ley N°19.913, los sujetos obligados deben inscribirse en el Registro de Entidades Reportantes de la UAF.
Además, es mandatorio que cada entidad designe un oficial de cumplimiento, quien será la persona responsable de toda la comunicación y relación con la UAF. Una vez registrados, es crucial que los sujetos obligados mantengan actualizada su información, notificando a la UAF cualquier cambio relevante en su situación legal, tal como se detalla en la reciente Circular N°62/2025.
Actualmente, 55 actividades económicas distintas se encuentran bajo el paraguas de estas nuevas regulaciones, lo que representa un amplio espectro del sector privado. El listado completo se puede revisar en el siguiente enlace: https://www.uaf.cl/es-cl/sujetos-obligados/sector-privado/quienes-deben-reportar