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Ley 21.804: Modernización de los sistemas eléctricos medianos

El pasado 13 de febrero, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.804, que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos con la finalidad de perfeccionar la regulación de los sistemas medianos.

¿Cuáles son los elementos clave?

1. Nueva categorización de los Sistemas Eléctricos: certeza regulatoria y transición ordenada.

Se definen y categorizan formalmente los sistemas no interconectados al SEN: El sistema mediano (capacidad superior a 1.500 kW), el sistema aislado para pequeños consumidores (capacidad igual o inferior a 1.500 kW) y el sistema para procesos productivos (destinado a abastecer consumos asociados a la producción de bienes, no necesariamente interconectado al SEN). La Comisión Nacional de Energía (CNE) llevará a cabo el proceso de categorización cada cinco años mediante un proceso público y participativo.

Esta categorización entrega mayor claridad sobre el régimen aplicable. A su vez, incorporan una lógica dinámica donde el crecimiento de la demanda o de la capacidad instalada puede implicar un cambio de categoría. La regla de transición progresiva propuesta atenúa los impactos, pero será clave como el reglamento establezca los plazos exigencias técnicas y estándares requeridos.

2. Coordinación, operación y planificación: hacia estándares del SEN.

Cuando en un sistema mediano exista más de una empresa generadora o sistema de almacenamiento, todas las instalaciones interconectadas deberán coordinarse a través de un Comité Coordinador y sujetarse a la programación del Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), entregando la información que corresponda.

La planificación de los sistemas medianos deberá considerar la incorporación de energías renovables y sistemas de almacenamiento, alineando estos sistemas con los desafíos actuales de transición energética.

3. Planes de expansión y tarificación cuatrienal: señales de inversión.

Los planes de expansión de las instalaciones y precios se realizará cada cuatro años mediante un estudio técnico dirigido y coordinado por la CNE. Además, se crea un Registro de Proyectos de generación y transmisión para que los promotores interesados sean considerados en la planificación.

En conjunto, estas herramientas mejoran la trazabilidad de la expansión y fortalecen la objetividad de las decisiones de inversión, entregando mayor previsibilidad a los desarrolladores.

4. Licitaciones públicas de suministro: impulso a ER + almacenamiento.

La CNE podrá implementar licitaciones públicas de suministro en sistemas medianos. Este mecanismo introduce competencia estructurada en mercados históricamente concentrados, lo que favorece la entrada de soluciones renovables con almacenamiento, especialmente en sistemas con costos marginales altos o dependencia térmica.

5. Planificación con enfoque territorial: energía y desarrollo regional.

Se crean planes estratégicos de energía en regiones, dictados por el Ministerio de Energía, los que deberán ser considerados en la planificación energética de largo plazo. Estos instrumentos buscan dar un enfoque coherente al desarrollo energético, ordenamiento territorial y objetivos climáticos. Serán sometidos a evaluación ambiental estratégica y considerarán el informe de los Comités Regionales de Cambio Climático.

6. Subsidios para sistemas aislados.

Los Gobiernos Regionales podrán destinar recursos para financiar subsidios de operación en sistemas aislados para pequeños consumidores, con el fin de garantizar la continuidad de suministro eléctrico.

La medida mejora la equidad territorial, pero plantea el desafío de diseñar incentivos que promuevan eficiencia operativa y eviten dependencias estructurales del subsidio.

En términos generales, la Ley 21.804 actualiza el marco regulatorio de los sistemas medianos y los aproxima a las practicas operativas y competitivas del SEN, generando condiciones más favorables para la entrada de nuevos actores y una mayor participación de energías renovables.

Con todo, el éxito de la reforma no dependerá únicamente del texto legal. Será determinante cómo se desarrollen los reglamentos, la capacidad de las instituciones para aplicar las nuevas reglas y la forma en que el mercado responda a estas señales. En regulación eléctrica, los detalles técnicos y la implementación práctica suelen ser tan relevantes como la propia ley.